este Tribunal de Primera Instancia en funciones Décimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con sede en Maracaibo, impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud interpuesta por el Representante Fiscal y se revoca la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad a que fue sometido el ciudadano GREGORY XAVIER MORALES MORALES, titular de la cédula de identidad nro 21.481.168, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el 260 ejusdem, consistente en el régimen de presentación de cada 15 días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de distribución ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y posesión ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artícul.....