Se fija el plazo prudencial de Cuarenta y Cinco (45) días a la fiscalía trigésima Octava del Ministerio Público, para que de conclusión a la investigación que desarrolla en el presente asunto penal respecto al adolescente imputado IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES ,venezolano, de dieciséis (16) años de edad, soltero, nacido el 15-1-91, titular de la cédula de identidad (SE OMITE), hijo de los (SE OMITE), domiciliado en (SE OMITE), Municipio Cabimas del Estado Zulia , los cuales comenzaran a contarse a partir del día siguiente a ésta decisión.