Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad, de la Ley, OTORGA PERMISO al penado SALVADOR MARIO PEÑALOZA BARRIOS, para que se traslade a la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, a partir del día de hoy 15-04-05 hasta el día 22-04-05, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 51 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente decisión y oficíese.