El Tribunal visto el acuerdo asumido por las partes en la presente audiencia de juicio contenido en las cláusulas expuestas por ellos como transacción en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 255 del Código de procedimiento Civil, homologa la presente transacción dándole fuerza de cosa juzgada. Y así se decide. En este estado, siendo las 10: 30 a.m. se da por terminada la presente audiencia de juicio. Es todo, terminó, se leyó y conformes firmas.-
EL JUEZ,
Dr. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
LA PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADA ASISTENTE
LA SECRETARIA
ABG. MIRORLAND LAREZ MORALES
Exp. N°. 15-3271