En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INVALIDA LA OFERTA REAL presentada por el ciudadano YSMAEL BENITO SILVA, a favor de la sociedad mercantil DESARROLLO SANTA EDUVIGIS I, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la parte oferente retirar la cantidad de dinero presentada por ante el Tribunal del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial de este Estado, a los efectos de la oferta, por el monto de SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL BOLIVARES CON OCHOCIENTOS CENTIMOS, (Bs. 651.800,00), y DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO DENTIMOS, (Bs. 200.000,00), depositados en la cuenta de Ahorro nro. 17500767900061643010, de la Institución Bancaria Bicentenario, por órdenes de este Tribunal, con los intereses que a la fecha del retiro haya .....