Por las razones y fundamentos expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE CONFINAMIENTO al penado ANGEL GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 5.836.260, hijo de Ángel González y María González, residenciado en el Barrio Armando Reverón, calle 71, Av. 99, N° 51-71, a doscientos (200) metros del Deposito 5 esquina; Maracaibo, Estado Zulia, y quien deberá residir a partir de la presente fecha en la siguiente dirección: Sector La Bombita, carretera principal, San Timoteo, Mene Grande Parroquia General Urdaneta, Municipio Baralt, Estado Zulia, el tiempo que dure la condena, presentarse cada tres (03) meses por ante este Tribunal y mensualmente por ante la Intendencia de Seguridad del Municipio Baralt, hasta el 09-06-2008, fecha en la cual cumple la sujeción a la vigilancia, todo.....