Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero En Funciones De Control, Audiencias Y Medidas Del Circuito Judicial Con Competencia Delitos De Violencia Contra La Mujer De La Circunscripción Del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, se declara con lugar EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano DAVID JOSE ACOSTA MORILLO, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Previsto y sancionado en el artículo 42 en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 60 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA SENTENCIA DE LA SALA CONSTITUCIONAL DEL T.S.J. DE FECHA 08/05/2012, EXPEDIENTE Nº 11-0855, CON PONENCIA DE LA DRA. CARMEN ZULETA DE MERCHÁN). de.....