En el día hábil de hoy, 14 de Febrero de 2014, siendo las 10:05 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Yohandry Linares Maldonado en representación de la demandante y la ciudadana MAGDALENA PORTA LORENZO en su condición de parte demandada, debidamente asistida por el abogado Luís Paz Caizedo, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada paga en este acto la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.