DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE RATIFICA LA MEDIDA AUTÓNOMA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGRÍCOLA ANIMAL (PRODUCCION AGROPECUARIA), consistente en la actividad desplegada por el ciudadano ANTONIO VICENTE RAMIREZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario, titular de la cedula de identidad No. V- 11.496.270, domiciliado en la población de Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, en su condición de Administrador de la "UNIDAD DE PRODUCCIÓN "GRUPO SHELL, SOCIEDAD ANONIMA", conformado por los fundos LA CHINITA, EL CARMEN, BUENOS AIRES, SANTA RITA, LA PROVIDENCIA y LA ESMERALDA, ubicados en jurisdicción de la Parroquia Encontrado, Municipio Catatumbo del Estado Zulia y cuyos linderos generales son los siguientes: Norte hacienda La Bonita; Sur, haci.....