Obligación de Manutención: El padre se compromete a pasarle una Obligación de Manutención de SEISCIENTOS bolívares (Bs. 600,00) mensuales a razón de TRESCIENTOS Bolívares (Bs. 300,00) quincenales, depositándolos en la cuenta de ahorros N° 1750-4339-10072461071, del Banco Bicentenario, igualmente, igualmente se compromete a pasarle un Bono escolar de OCHO CIENTOS (Bs. 800,00) y un Bono de Fin de Año de MIL Bolívares (Bs. 1.000,00). Así mismo conviene en cancelar el cincuenta por ciento (50%) de los gastos que se ocasionen por concepto de vestuario, medicinas exámenes de laboratorio y gastos médicos que requiera su hijo. En cuanto al al Régimen de Convivencia Familiar: El padre buscará a su hijo en la residencia fijada por la madre, para compartir con el cuando así lo deseen, siempre y cuando respete las horas de descanso, estudio, comida y entretenimiento del niño. Con respecto a los fines de semana serán alternos entre ambos progenitores, cuando le corresponda al padre, este lo buscará.....