La Asunción, 14 de Febrero del 2003
192° y 143°
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente. Visto que el adolescente IDENITDAD OMITIDA CONFORME AL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 545 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE se encuentra gozando de Medida Humanitaria en su residencia desde el 05 -12-2002, con motivo de intervención quirúrgica que le fuere practicada en fecha 27-11-2002, para extracción de material quirúrgico; Visto el Informe Medico suscrito por el Dr. Raúl Bastidas Medico traumatólogo del Hospital Dr. Luis Ortega de Porlamar, titular de la Cédula de Identidad No. 3.410.604, MSAS 19531, de fecha 27-01-2003, que señala: ¿Al examen físico se evidencia flexión de muslo sobre abdomen; abducción y aducción de cadera, herida operatoria limpia y con buena cicatrización; dolor a la palpación a nivel trocantes mayor, paciente en mejores condiciones generales¿. Visto el Info.....