Este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO interpuesta por la ciudadana MARIA VARGAS MARCHENA, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 141.719, representando en este acto a los ciudadanos TATIANA MARIA ROMERO VILLALOBOS y JHONATAN JOSE RAMIREZ MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.742.520 y V-14.883.888, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de México, Estados Unidos Méxicanos, fundamentado en el DESAFECTO conforme a la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia número 1070 en fech.....