administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de exequátur formulada por el ciudadano JOSÉ JOAQUÍN PARÍS ROLDÁN, asistido por el abogado MARCEL PARÍS, de la sentencia de divorcio dictada en fecha 10 de mayo de 2012 por el Tribunal Superior de la Rama del Tribunal de Justicia Familiar de la ciudad de Brampton, Provincia de Ontario del Estado Canadá, todo ello de conformidad con los términos explanados en el presente fallo.