Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor del ciudadano LUIS RAMON CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la C. I. N° V-7.778.949 y residenciado en el Barrio 12 de Octubre, calle principal, casa 14-127, El Vigía, estado Mérida, el sobreseimiento de la causa, por los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES, MENOS GRAVES y LEVES, previstos y sancionados en el artículo 422, ordinales 1° y 2° del Código Penal de Venezuela vigente para la fecha del hecho, cometido en perjuicio de las ciudadanas GENOVEVA VILCHEZ FERNANDEZ, MARIA FACUNDA VALENCIA y OLGA VARELA ALTUVE, respectivamente, por haber operado la prescripción de la acción penal, quedando en consecuencia extinguida la acción penal, todo de confor.....