Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano BERNARDINO JUNIOR BENITEZ SEGOBIA, Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V18.260.544, contra INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (INMUVI), por motivo de prestaciones sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Sindico Procurador Municipal de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BARALT DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal .
Se ordena expedir copia certificada de este Sentenci.....