Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley resuelve:
Declara a la niña y/o adolescente X como hija heredera de su difunto padre el ciudadano José Gregorio Infante Vega y a los ciudadanos Betsabe Margarita Infante de Castellanos, Lelis Marlenis, Benita Maribole, José Angel Infante Vega, portadores de las cedulas de identidad Nos. V-5.727.051, V-5.720.181, V-7.874.610 y V-10.598.854, respectivamente, como únicos y universales herederos del de cujus Pedro José Infante Vega, quien en vida era portador de la cédula de identidad N° V-5.721.487. Así se decide.
Se dejan a salvo los derechos de terceros y de aquellos que un eventual juicio sucesoral pudiese determinar. Expídanse cuatro (04) copias certificadas por Secretaría del.....