En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara, INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE el recurso de apelación interpuesto por las ciudadanas Abogadas BELKIS CUARTIN y MAYRUB RIOS, abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 67.685 y 108.154, respectivamente actuando en su carácter de defensoras del imputado MARTIN RAMON RODRIGUEZ DELGADO, en contra de la resolución de fecha 08 de noviembre de 2007, en la causa N° 2C-2804-07, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el Acto de Audiencia Preliminar, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera la nombre de JHONATAN ENRIQUE UZCATEGUI DIAZ, po.....