DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara EXTEMPORÁNEA la solicitud formulada por el profesional del derecho LUIS ENRIQUE DUQUE CUEVAS, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A. (PEQUIVEN) en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentó la ciudadana MARYURI BELL ROSARIO GONZÁLEZ RINCÓN contra la sociedad civil PALMICHAL S.C y la sociedad mercantil PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A. (PEQUIVEN), ambas partes plenamente identificada en autos.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.