Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: SIN LUGAR la Defensa de Prescripción de la Acción, opuesta por la representación judicial de la parte reclamada.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares (LABORAL), incoada por el ciudadano FACUNDO BRAVO TENÍA, en contra de la empresa RATTAN, C.A, plenamente identificadas en autos.
TERCERO: Se condena a la demandada al pago de los siguientes conceptos y montos recalculados por este Tribunal, conforme a lo establecido en la parte motiva del presente fallo:
Antigüedad al 19/06/97 666 90,00 5.462,53 491.628,00
Bono de Transferencia 666 60,00 3.546,87 212.812,00
Intereses 666 119.799,89
Antigüedad 108 252,00 2.759.560,90
Vac. y Bono Vac. Fracc. 225 28,50 9.948,82 283.541,35
Utilidades Fraccionadas 174 10,42 9.948,82 1.....