DISPOSITIVA
Por los fundamente anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NO. 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en contra de los Ciudadanos WILFREDO JOSE FARIAS GIL y ROMEL JOSE MARIN GIL, titulares de la Cédula de Identidad N° 16.337.623 Y 16.932.169, respectivamente, de conformidad con el artículo 318 Ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de ello se ORDENA EL CESE del cualquier medida de coerción personal que pudieren pesar sobre dichos ciudadanos.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada y refrendada, en la Sala de Audiencias del Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, a los TRECE (13) DIAS DEL MES .....