III
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la ciudadana MIRIAM COROMOTO SALAS, titular de la cédula de identidad número V-7.965.227, contra el ciudadano LISANDRO RAFAEL HERRERA SULBARÁN, titular de la cédula de identidad número V-10.602.077.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dieciséis (16) de Noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco (1985), por ante el Prefecto del Municipio Santa Rita, estado Zulia, inserta bajo el Nº 96, Libro N° 1, Año: 1985.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de la presente decisión.
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