Por los fundamentos expuestos éste Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO DE MUTUO CONSENTIMIENTO presentada, en consecuencia queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JORGE LUIS RODRIGUEZ MOSQUERA y DALIBETH DAYANA BENITEZ PEREZ plenamente identificados en actas, asistidos por la abogada MARY CARMEN UMBRIA, en fecha: Veintisiete (27) de Agosto del año Mil Novecientos Noventa y Nueve (1.999). Publíquese y Regístrese. Notifíquese. Déjese Copia Certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el Artículo 258 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BARALT DE LA CIRCUNSCIPCION JUDICIAL DEL ESTA.....