PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la ABOG. GISELA PARRA FUENMAYOR, en su carácter de Fiscal Quincuagésima Primera (51°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; en contra de la Decisión de fecha 19 de Septiembre del 2017, signada bajo Resolución No. 1487-2017 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación interpuesto por el ABOG. MIGUEL ANGEL GONZALEZ LINARES en su carácter de defensor privado del ciudadano imputado LUIS ANTONIO MICCI FIORE, de conformidad con artículo 441 de la ley adjetiva penal.
TERCERO: Se ADMITEN las pruebas ofrecidas por la Vindicta Pública, al considerarla, útil y necesaria a los fines de resolver la presente incidencia, así como por ser ajustada a Derecho.