éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante CORPORACIÓN DE SALUD DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio Omar Gutiérrez Castillo, SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha ocho (8) de julio de dos mil catorce (2014), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en consecuencia, se ordena el pago de los montos y conceptos discriminados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza del caso. CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuradora del estado Bolivariano de Nueva Esparta. Remítase la presente causa .....