Por los fundamentos expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara:
PRIMERO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSE ATILIO LARRAZABAL GIL, la ciudadana NANCY VIOLETA GONZALEZ DE LARRAZABAL, en su condición de cónyuge, conjuntamente con los ciudadanos ZULIMA JOSEFINA, JOSE ATILIO, ZORAIMA JOSEFINA, JHOAN JOSE, SUDELY JOSEFINA y SORANGEL JOSEFINA LARRAZABAL GONZALEZ, en su condición hijos del referida causante. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
SEGUNDO: Devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas para formar expediente.
TERCERO: Se ordena expedir la copia certificada solicitada por la solicitante, por los medios fotostáticos de reproducción, autorizando para su elaboración al ciudadano Yondry López, titular de la cedula de identidad N° V-16.633.7.....