1.- IMPROCEDENTE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los ciudadanos RAFAEL PUENTES y ALBENYS GARCÍA contra la sentencia dictada en fecha 27 de febrero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
2.- NO HAY CONDENA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente acción.