Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena de oficio la libertad del ciudadano CARLOS LUIS MONRROY BLANCO, de nacionalidad venezolana, Natural de Santa Cruz, Municipio Colón del Estado Zulia, de 19 años de edad, No porta Cédula de Identidad, Soltero, Obrero, Alfabeto, hijo de HERNANDO MARTINEZ y de YOLANDA MONRROY BLANCO, y residenciado en la Hacienda San pedro, Vaquera Cañaveral, kilómetro 10, carretera Santa Bárbara, El Vigía, Municipio Colón del Estado Zulia, mediante la imposición de Medida Cautelar Sustitutiva, toda vez, que el Ministerio Público, no presentó acusación, no ha solicitado el sobreseimiento, ni ha ordenado el archivo de las actuaciones. Todo de conformidad con el artículo 250 del Código Orgáni.....