En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Título Suficiente para asegurar sus condiciones como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de el De Cujus AREVALO JOSE SALAZAR; a los ciudadanos: CARLOS AREVALO SALAZAR SUAREZ, GINA SUSANA SALAZAR MARTINEZ, SCARLET SALAZAR QUIROZ, SOLANGE SALAZAR QUIROZ Y CARMEN BEATRIZ BIRRIEL DE SALAZAR; venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-7.660.182, V- 6.902.613, V- 12.684.049, V-12.684.048 y V- 3.254.741, respectivamente en su condición hijos y esposa de el finado antes mencionado.