el Tribunal le imparte su aprobación homologándola y dándole el carácter de cosa juzgada. Todo con relación al juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA seguido por la sociedad mercantil CENTRO COMERCIAL FIN DE SIGLO VALENCIA, C.A., contra la sociedad mercantil PROMOTORA VILLA GRIETA, C.A. Asimismo, se ordena la remisión del expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia