Por los fundamentos antes expuestos, esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el abogado en ejercicio GONZALO GONZALEZ COLINA, Defensor Privado de autos, actuando en representación del adolescente (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión dictada en fecha 10-08-10, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, incidente planteado en la causa seguida al adolescente ya mencionado, por el delito de Violación en calidad de Coautor, previsto en el 374 del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños,.....