Este Tribunal de conformidad con lo pautado en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 9 y 10 de su Reglamento, le imparte su Homologación en los términos expuestos, por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios a Derecho y versan sobre Derechos disponibles; pasa con Autoridad de Cosa Juzgada; ordenándose el archivo de este expediente en su debida oportunidad.-
DRA. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.-
JUEZ TEMPORAL.-
El apoderado del Reclamante,
La apoderado de la demandada,
ABG. PAULA DIAZ MALAVER.-
SECRETARIA TEMPORAL.-
ESV/PDM/flr.
EXP.N° 3227/99.