DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ANGEL JOSÉ COLINA, titular de la cédula de identidad V-2.718.339, a la ciudadana RAIZA GREGORIA LOPEZ SARMIENTO, titular de la cédula de identidad número V-7.841.986, en su condición de cónyuge del referido ciudadano y a los ciudadanos GLIDYS ANTONIA COLINA LAGUNA, GLENDYS JOSÉ COLINA LAGUNA, GELVIS ENRIQUE COLINA LAGUNA, CLEDYS ANGELICA COLINA LAGUNA, JESÚS ALBERTO COLINA LOPEZ y GENESIS DE LOS ANGELES COLINA LOPEZ; titulares de las cédulas de identidad números V-10.086.376, V-11.454.384, V-11.454.392, V-13.660.231, V-25.884.860 y V-26.914.874, respectivamente; en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS con.....