Por los fundamentos expuestos éste Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara EXTINGUIDA la obligación de manutención del REYNEIRO MIGUEL LEAL HERRERA para con el ciudadano JOSE MIGUEL LEAL MALDONADO en virtud de haber alcanzado éste último la mayoría de edad, y no encontrarse dentro de los supuestos de excepción contemplados en el artículo 383 literal "b" de la LOPNNA. Archívese el presente expediente. ASÍ SE DECIDE.