Declara:
CON LUGAR la demanda de REVISIÓN DE SENTENCIA DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por MARYELLITH MARRUFO, C.I. Nº V-14.659.012, asistida por la abogada LISDITH FERRER, Defensora Pública Tercera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de GERARDO GONZALEZ, C.I.No. V-13.209.329, a favor de los niños y/o adolescentes, en consecuencia, vista la capacidad económica del obligado así como sus cargas, se fija:
Como pensión de manutención mensual la cantidad de Bs.1.800,00, del sueldo o salario, que devenga el demandado, que deberá consignar el obligado GERARDO GONZALEZ, dentro de los primeros 05 días de cada mes, a MARYELLITH MARRUFO.
Se fija como cuota extraordinaria para cubrir las necesidades materiales y espirituales en época de navidad la cantidad de Bs.8.000,00 la cual deberá consignar dentro de los 05 días siguientes, una vez se haga efectivo el pago de bonificación anual o aguinaldo que le corresponda al obligado.
Se fija como pensión extraordinaria .....