En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ENRRIQUE ANTONIO MORALES en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, en base al cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Se ordena a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, cancelar al ciudadano ENRRIQUE ANTONIO MORALES las cantidades detalladas expresamente en la parte motiva de la presente decisión por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. TERCERO: IMPROCEDENTE la indexación o corrección monetaria en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO ZULIA, sobre las cantidades determinadas y acordadas por este Tribunal e.....