Revisada como ha sido la transacción presentada, en fecha OCHO de agosto de 2007, por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, y recibida en esta misma fecha por este Tribunal, suscrita por una parte por el ciudadano WILSON SUAREZ SUAREZ, asistido por la abogada HAYDE GOVEA FUNEMAYOR,, Inpreabogado 90.500 y la apoderada judicial de la parte demandada ciudadana abogada ANA CRISTINA MUÑAGORRI, debidamente facultada para celebrar transacciones. Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación.....