DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: A solicitud de la Fiscalía XXI del Ministerio Público en el estado Lara, decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida a Freddy Rodríguez, Abel Vivas, Nelson Daza, Francisco Antequera y Wilinger Durán, ut supra identificados, por el delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal (d), cometido en perjuicio de Ankelis Karina Luque Ramos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Como consecuencia de la presente decisión, se ordena el cese de las medidas de coerción personal que por esta causa hayan sido dictadas, así como la devolución de los objetos activos o pasivos relacionados con.....