Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ANTONIO FERMIN BLAZQUEZ GRANDA y MERCEDES OTILIA ACEVEDO SILVA, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 25 de Septiembre de 1999, por ante el Prefecto y Secretaria respectivamente de la Prefectura de la Parroquia La Mesa de Esnujaque, Municipio Urdaneta, Estado Trujillo, según Acta Nro.14.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que no procrearon hijos y durante la unión matrimonial no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.