Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1. SIN LUGAR la confesión ficta de la parte demandada ciudadano ANGELVIS ENRIQUE GOTERA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 7.608.097 y de este domicilio.
2. SIN LUGAR LA DEMANDA propuesta por el ciudadano ENDER RAMOS HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de identidad No. 5.851.496, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistido por el abogado en ejercicio y de este domicilio HENRY SOCORRO VALBUENA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 16.889 contra el ciudadano ANGELVIS ENRIQUE GOTERA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 7.608.097 y de este domicilio
Se condena en costas a la parte demandante por h.....