DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOE SAYMI SANCHEZ SIFUENTES, titular de la cédula de identidad número V-5.719.112, a la ciudadana MIRIAM DEL CARMEN CALDERA de SANCHEZ, titular de la cédula de identidad número V-7.857.277, en su condición de esposa y los ciudadanos JOSSIER ALFONZO SANCHEZ CALDERA y JOEYMI ANDREINA SANCHEZ CALDERA, titulares de las cédulas de identidad números V-17.150.563 y V-18.795.350, respectivamente, en su condición de hijos, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo prevé el antes trascrito Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvanse las actuaciones en originales a la parte interesada, previa certificación de los mi.....