En razón de las anteriores consideraciones, visto que la solicitud efectuada por el padre de la niña se fundamentó en los supuestos maltratos físicos y psicológicos hacia ella, por parte de su madre, los cuales no fueron evidenciados por quien suscribe, dado lo exteriorizado por la niña en las dos oportunidades de habérsele garantizado su derecho a opinar y ser oída, y tomando en consideración la apreciación de la especialista en Psicología adscrita al Equipo Multidisciplinario, es por lo que este Despacho Judicial niega las medidas solicitadas y así se decide.
Ahora bien, con respecto al oficio que solicita el ciudadano Humberto Mata Rodríguez sea remitido a la Fiscalia Superior del Ministerio Publico, por considerar que la niña de autos es una potencial victima del delito de trato cruel, debe señalarse nuevamente que esta juzgadora no evidenció de los dichos de la niña que en la actualidad existan acciones por parte de su madre que pudieran considerarse como maltratos, sino, c.....