Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de la separación de cuerpos y bienes en divorcio. En consecuencia, queda DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos GERARDO JOSE GONZALEZ GUTIERREZ y CLAUDIA LUISANA QUINTERO ORTIGOZA, en fecha 07 de septiembre de 2007, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 409, emanada de la Oficina Parroquial de Registro Civil Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acompañada a los autos en copia certificada.