Por los fundamentos arriba establecidos, este JUZGADO ÚNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Abogado en Ejercicio ALIRIO JOSE GARCIA CHIRINO, en su carácter de Defensor del acusado ESMEIRO ENRIQUE CASTELLANO SOTO, a quien se le sigue causa signada bajo el N° VP02-P-2010-041189, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL CONTINUADA, previsto y sancionado en el articulo 43, cuarto aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la niña quien en vida respondiera al nombre de R. DEL C. S. S. SEGUNDO: Se MANTIENE la Medida Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Municipio Rosario de Perija,.....