El Tribunal rechaza enfáticamente argumentaciones de esa especie, y reafirma que tales violaciones no existen. De hecho, el hoy recurrente, en su condición de apoderado, ha ejercido hasta el presente todos los recursos que la Ley pone a su disposición y ha obtenido respuesta.
En fuerza de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición a la medida de secuestro decretada por este Juzgado y llevada a efecto por el Juzgado Ejecutor de Medidas, formulada por el abogado RUBEN GONZALEZ ALMIRAIL.