SE ORDENA el inicio de la presente causa seguida a los adolescentes imputados IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE venezolano, de Catorce (14) años de edad, soltera, fecha de nacimiento 23/02/1993, Titular de la Cédula de Identidad N° (SE OMITE), estudiante, hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Cabimas Estado Zulia, y IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, de Doce (12) años de edad, soltero, fecha de nacimiento 18//10/1994, Titular de la Cédula de Identidad N° (SE OMITE), estudiante, hijo de los ciudadanos (SE OMITEN), domiciliado en (SE OMITE) Cabimas Estado Zulia, a través del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contenido en los artículos 551 al 554 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la presunta comisión del delitos.....