Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, éste TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO y en consecuencia: Se ordena el reenganche del accionante KENDRY NUÑEZ GOVEA a la sociedad mercantil BAZAR CENTER, C.A, a sus labores habituales de trabajo con el cargo de vigilante, así como le corresponde el pago de los salario caídos dejados de percibir desde la fecha de la citación hasta el día de la reincorporación del trabajador a sus labores habituales de trabajo, calculado a razón de Bs.180.000,00 mensuales.
Se condena en costas procesales a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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