DECIDE:
PRIMERO: Declarar la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por la acusada adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE) , el cual ha sido expresado libre de coacción y apremio, con la asistencia de su Defensora publica y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso.
SEGUNDO: DECRETA LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE): En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal del adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN CALIDAD DE COAUTOR, previstos en los articulo 455,458 en concordancia con el articulo 83 del Código Penal cometido en perjuicio de los ciudadanos DILA COROMOTO GARCIA URDANETA, JEFERSON JOSE GOVEA GARCIA, CRISTOFER NICK VILLASMIL GARCIAY HERMINIO SEGUNDO BRACAMONTE PERDOMO y el delito de PRIVACION ILEGITIMA.....