... Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara suficiente el derecho que le corresponde a la ciudadana MARÍA ESTHER LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.295.466, domiciliada en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia, en su condición de descendiente de la de cujus, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus ciudadana ESTHER MARÍA LÓPEZ ROSAS, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.637.811. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Expídanse por secret.....