DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, intentada contra la presunta decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Extensión Santa Bárbara, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, al término de una audiencia preliminar en la cual se puso a la orden de la Oficina Nacional Antidrogas (O.N.A), un vehículo MARCA: CHERY, MODELO: QQ TIPO; SEDAN, CLASE: AUTOMÓVIL, PLACA: VDB64C, SERIAL DE CARROCERÍA: LWDC12A28D014531, SERIAL DE MOTOR: SQR473FFF7HO181, AÑO: 2008, COLOR: ROJO FUERTE.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, Sala Primera, en Maracaibo, a los trece (13) días del mes de Mayo de 2010. Años: 200° de la Independencia y 151°.....