Por los fundamentos expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la República, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, CONCEDE el PERMISO DE TRASLADO del penado ABID MEDINA GOMEZ a la Región Centro 0ccidental Zuliana en el II encuentro Deportivo de Centro de Tratamiento Comunitarios sin futuro y por la Paz a efectuarse en la Ciudad de Porlamar Estado Nueva Esparta, en el periodo comprendido entre los días 14,15,y 16 de septiembre 2007, con las extremas medidas de seguridad que el caso amerite y su debida custodia militar de conformidad con lo previsto en los artículos 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y los artículos 2,7,24,26 y 28 de la Ley de Régimen Penitenciario, y ARTICULO 28 del Reglamento de la Ley de régimen Penitenciario, en concordancia con el Articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese,.....